Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Órgano Jurisdiccional administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad que le confiere la Ley; NIEGA LA SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA a la penada MORELYS DEL CARMEN CARANAMA, Venezolana, titular de la cedula de identidad Nº 10.833.941, Natural de Río Chiquito Estado Monagas, nacida en fecha 25/11/1966, de 43 años de edad, con Estado Civil: Soltera, hija de: AURA LOPEZ (F) y de FELIX CARANAMA (F), domiciliada en la calle 1, casa Nº 07, Brisas del Caro, Sector La Puente Maturín Estado Monagas, actualmente recluida en el Internado Judicial de este Estado, por no reunir acumulativamente los requisitos contemplados en el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal, para proceder a tal otorgamiento; ello sin menoscabar la posibilidad de practicársele nuevamente los estudios correspondientes, en un período prudencial para verificarse si mantiene los mismos patrones co.....