Por lo antes expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; ACUERDA el Traslado de la penada YULIMAR JOSEFINA MORENO NORIEGA, titular de la cedula de identidad Nº 15.115.072, desde la Penitenciaria General de Venezuela, San Juan de Los Morros, Estado Guarico a la Sede del Internado Judicial Penal de Oriente, Maturín Estado Monagas, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 58 de la Ley de Régimen Penitenciario; autorizando al Director de la Penitenciaria General de Venezuela, San Juan de Los Morros, Estado Guarico, para que gestione todo lo relativo al traslado de la penada hasta el Internado Judicial Penal de Oriente, Maturín Estado Monagas, y una vez materializado dicho traslado deberá de forma inmediata notificarle al Tribunal de la orden impartida; a los fines legales pertinentes, instándolos que deberán dar fiel cumplimiento con .....