Recibida como ha sido la solicitud en oficio s-n, procedente del Internado Judicial Penal del Estado Monagas, en la cual solicita a este Tribunal se sirva Autorizar el traslado de la penada MONICA JOHANA CAMPOS, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-16. 373.305, hasta la Penitenciaria General de Venezuela (PGV), motivando su solicitud en el sentido de que la referida penada no se adapta a las normas de convivencia del recinto carcelario, llegando a maltratar física y verbalmente a sus compañeras de celda y a las funcionarias que custodian el anexo femenino; por lo que observado lo solicitado por el Director del Recinto carcelario como garante de mantener los sistemas y tratamientos para el desarrollo progresivo de los penados, los cuales deben ser encaminados a fomentar en estos el respeto de los mismos, los conceptos de responsabilidad y convivencia sociales y a los fines de su reinse.....