Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Organo Jurisdiccional administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley; PRIMERO: DECLARA IMPROCEDENTE, la solicitud efectuada por el ciudadano ONAN ISMAEL FRANCO, por cuanto de la revisión exhaustiva en el presente expediente, y a través de llamada telefónica por quien aquí decide con el jefe de División y Captura del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalística Erick Gómez Belmonte, el mismo informó que no existe en el sistema de Información Policial, alguna solicitud en contra del ciudadano penado por esta causa, vale decir, Expediente N° F-811-653, nomenclatura interna de esa Institución Policial. SEGUNDO: Se acuerda las COPIAS CERTIFICADAS de la decisión donde se declaró la Libertad Plena por cumplimiento de condena. TERCERO: Se acuerda tener como defensora en la presente causa a la Defensora Pública Duodecima Penal, y se acuerda las.....