REVISA Y MANTIENE LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA por el lapso de UN (01) AÑO y SIMULTANEAMENTE REGLAS DE CONDUCTA por el lapso de UN (01) Año, de conformidad con lo establecido en los artículos 626 y 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y del Adolescente, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto en el artículo 453 ordinales 3 y 4 del Código Penal, en perjuicio de la Licorería y Distribuidora El Sociale C.A. a la joven sancionada IDENTIDAD OMITIDA, y se determina que hasta el día de hoy ha dado cumplimiento a las Medidas por el lapso de OCHO (08) MESES Y VEINTINUEVE (29) días y le falta por cumplir TRES (03) MESES y UN (01) Dia. Se fija la Próxima REVISIÓN para el día 14 de MARZO DEL 2012.