En mérito de los razonamientos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 2, 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en total apego a lo estipulado en los artículos 12, 506 y 509 del Código de Procedimiento Civil, así como al artículo 1.196 del Código Civil; declara "SIN LUGAR", la presente acción que por INDEMNIZACIÓN POR DAÑO MORAL CAUSADO POR ACTO ILÍCITO incoara el ciudadano EFRAIN JOSÉ MOLINETT VILLANUEVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-4.718.646; Abogado en ejercicio, debidamente inscrito en el I.P.S.A., con el Nro. 278.874 quien ACTUÓ EN SU PROPIO NOMBRE Y REPRESENTACIÓN; contra la ciudadana BEATRIZ OSMELYS VALLEJO DE SALAZA.....