este Tribunal PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara : PRIMERO : EL DECAIMIENTO DE LA ACCION en el presente juicio de COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMACIÓN y en consecuencia extinguido el proceso en esta instancia. SEGUNDO : Como consecuencia de la declaratoria que antecede, se ordena la notificación de las partes en la presente causa y que la secretaria de este juzgado fije a la puerta del tribunal la respectiva boleta de notificación. TERCERO : Se ordena la remisión del presente expediente al archivo judicial para su resguardo pasados que sean 30 días de la notificación respectiva.
CUARTA: Se ordena suspender la medida de enajena y gravar decretada por esrw tribunal en fecha 08 de julio del año 2004, mediante oficio N° 0840-777
Publíquese, regístrese, diaricese, déjese copia certificada y rem.....