ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, este Tribunal le da carácter de SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA al presente convenimiento. En consecuencia, se acuerda suspender la Medida de Enajenar y Gravar decretada por el Tribunal en fecha Primero (01) de Junio del año 2006, sobre un (1) inmueble constituido por un fundo de trescientas hectáreas (300 has) y las bienhechurías sobre él construidas, ubicado en el Hato Sun Sun, ubicados en la vía que conduce de Punta de Mata vía Caserío Medina, del Municipio Ezequiel Zamora del Estado Monagas, cuyos linderos, medidas y protocolización, se describen a continuación: NORTE: con carretera al Caserío Medina; SUR: Con finca de Merey que es o fue del Sr. Costales y potreros de la ciudadana Luisa Farias, ahora propiedad de Ulpiano Carvajal y Rene Trujillo; ESTE: con potreros de Luisa Farías, ahora de Juan Othaola y OESTE: con Hacienda de los Hermanos Farias, ahora Agrotécnica L.....