Por los motivos antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara HOMOLOGADO el desistimiento del procedimiento efectuado por el Abogado JOSE AMADEO SALAS JAIMES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 193.862 y de este domicilio, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano ANDRES ANTONIO HENRRIQUEZ MANOSALVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-9.976.213, de este domicilio, en razón de no ser contrario a derecho y versar sobre derechos disponibles de conformidad con el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, téngase el mencionado desistimiento como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
Dada la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.-
Publíquese, regístrese y expídanse las copias de ley conforme a .....