éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en un todo de acuerdo con lo establecido en los artículos 12 y 506 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 1.692, 1.694, 1.704 y 1.185 del Código Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
¿ PRIMERO: SIN LUGAR, la demanda que por COBRO DE BOLIVARES Y DAÑOS Y PERJUICIOS, interpuesta por el Ciudadano FERNANDO ARDUINI D¿AMICO, en contra de la Sociedad Mercantil "TECNICA CARIPE C.A" y el Ciudadano DOMENICO BRANCATO BRANCATO, plenamente identificados en autos.-
¿ SEGUNDO: De acuerdo a lo establecido en el artículo 274 del Código de procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandante.-
¿ TERCERO: Se ordena la notificación de las partes, en virtud de haber salido la presente decisión fuera del lapso legal establecido.-