En consecuencia, por todo lo antes expuesto, este Tribunal Revoca por contrario Imperio, el auto de dieciocho (18) de mayo del presente año dos mil once, cursante en el folio 49 y 50, del juicio que por ACCION MERO DECLARATIVA CONCUBINARIA interpuesto por la ciudadana SANTA PEREIRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 3.326.700, y de este domicilio, contra CUALQUIER PERSONA INTERESADA, sobre los derechos DEL DE CUJUS JUAN CLIMACO MORENO RUIZ. Así mismo en este acto, el Tribunal acuerda instar al alguacil de este tribunal a que practique la citación del defensor judicial para su juramentación, abogado CESAR CABELLO GIL, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 37.325, de este domicilio. Cúmplase-
DR. ARTURO JOSE LUCES TINEO
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
LA SECRETARIA ACCIDENTAL
FRINE URBAEZ
Exp: 32.341
Yosellys