Visto el anterior convencimiento de fecha 25 de Marzo del año 2013, efectuado por los ciudadanos: EDUARDO ANTONIO RIVAS, asistido por el Abogado en ejercicio MEYCKERD JOSE ABAD, de este domicilio e inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 93.963, parte demandada en la presente causa, y la ciudadana: DIANA MARISOL ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 9.969.121, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 51.267, quien actúa en carácter de Endosataria en Procuración del ciudadano JOSE SANCHEZ SUBERO y de este domicilio, parte demandante, es por lo que este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIIVL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 12 y 263 del Código de Procedimiento civil, le imparte su aprobación y homologa dicho CONVENIMIENTO en todas y cada una de su partes y en.....