Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE, la presente demanda de COBRO DE BOLIVARES (VIA ORDINARIO) intentada por la Empresa Mercantil "HIELO POLAR COMPAÑÍA ANONIMA" (HIELO POLAR, C.A), en contra la Empresa Mercantil GRUPO JEAN MICHEL, C.A.
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia debidamente certificada a los fines indicados en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.-
Dado, Firmado en la Sala de Despacho de este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. En Maturín, a los Veinticinco (25) días del Mes de Julio del Dos Mil Dieciocho. Años 209° de la Independencia y 158° de la Federación.-
ABG. MARY ROSA VIVENES VIVENES
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