En virtud de las razones que anteceden es por lo que este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de La Ley, conforme al artículo 26, 27 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 4, 6 y 7 de la Ley Orgánica sobre Derechos y Garantías Constitucionales y 350 y 352 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la presente Acción de Amparo Constitucional, incoado por los ciudadanos: REINALDO ANTONIO MAZA BALBAS y ARABELLA MAZA DE DAVINSON, quienes actúan en su propio nombre y representación, contra la decisión de fecha 02 de marzo de 2011, dictada por el JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MATURIN, AGUASAY, SANTA BARBARA Y EZEQUIEL ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, y en consecuencia, PRIMERO: se declara la nulidad de la sentencia dictada en fecha 02 de Marzo de 2011, por el JUZ.....