este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, deja sin efecto dicho CARTEL y repone la causa al estado librarlo de nuevo intimando al ciudadano LUIS DONA TORRIENTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 6.305.500, de este domicilio, en su carácter de Presidente de la sociedad mercantil ODERCO DE VENEZUELA, C.A., empresa demandada en el presente juicio intimatorio, el cual deberá ser publicado en el periódico de circulación regional " El Sol" que se edita en esta localidad, durante treinta (30) días, con el intervalo de Ley. Siendo entendido que de no comparecer en el lapso señalado, se le nombrará un Defensor Judicial con quien se entenderá la intimación y demás trámites del proceso hasta su terminación.- Líbrese Cartel.