Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el Artículo 341 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: INADMISIBLE la acción de INQUISICION DE PATERNIDAD, intentada por el ciudadano CARLOS ALBERTO VALDEZ BETANCOURT, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 5.394.075., contra la ciudadana ALCIRA DEL JESUS VALDEZ FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.010.430, tomando como fundamento los argumentos antes expuestos.
PUBLIQUESE, REGISTRESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil , Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. En Maturín, a los treinta días del mes de Abril de .....