DISPOSITIVA
Con fundamento en los Artículos 2, 26, 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y Artículo 640 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECLARA: FIRME EL DECRETO DE INTIMACIÓN, dictado en este proceso el día Siete (07) de Noviembre de 2016. En consecuencia, se procede como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada; y como consecuencia de ello, se condena a la parte intimada las sumas siguientes:
PRIMERO: La suma total adeudada de: SETECIENTOS MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 700.000,00), SEGUNDO: CIENTO SETENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS BOLIVARES EXACTOS (Bs. 177.500,00), por costas procesales, calculadas por este Tribunal en un 25%.-
PUBLIQUESE, REGISTRESE, NOTIFIQUESE .....