Por las razones y consideraciones expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara INADMISIBLE, la acción de INTERDICTO RESTITUTORIO, intentada por el ciudadano MIGUEL ANGEL RAVELO BELMONTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.339.658, a través de su apoderado judicial, abogado WILLIAMS JOSE VERA MEDINA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 159.512, contra el ciudadano FRANKLIN TARCICIO NAVARRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.363.511. Dada la naturaleza de la decisión, no hay condenatoria en costas.
PUBLIQUESE, REGISTRESE y DEJESE COPIA.-
Dada, Firmada y Sellada en la sala de despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. Matur.....