Con fundamento en los Artículos 2, 26, 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y Artículo 22 de la Ley de Abogados, y por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECLARA: FIRME EL DECRETO DE INTIMACIÓN dictado en este proceso el día treinta (30) de Marzo de 2011. Asimismo, se declara que hay derecho al cobro de honorarios profesionales.
Se procede como sentencia en Autoridad de Cosa Juzgada, y en consecuencia, se condena a la intimada a pagar a la parte intimante abogados HUMBERTO B. LA ROSA la suma total de lo intimado DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. 295.500,00)
PUBLIQUESE, REGISTRESE, DEJESE COPIA Y NOTIFIQUESE.
Dado, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Pri.....