En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADA en derecho la transacción celebrada entre el abogado HUMBERTO JOSE BUCARITO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 92.843 quien es apoderado judicial de la ciudadana TEODOMIRA BEATRIZ GUTIERREZ BLANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-4.336.788, parte actora y el ciudadano FREDDY FLORES MARQUEZ BLANCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.8.088.564 y de este domicilio, quien estuvo debidamente asistido por el abogado JAVIER ADRIÁN quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V.15.116.580, inscrito en el Inpreabogado N°.113.302, y de este domicilio parte demandada, en el juicio que por motivo de COBRO DE BOLIVARES.....