Por los razonamientos y fundamentos antes expuestos, y conforme a los Artículos 12, 15 y 651 del Código de Procedimiento Civil, a las demás disposiciones legales citadas en el cuerpo de esta sentencia, y con acatamiento a lo ordenado en los artículos 2, 25, 26, 257 y 334 de Nuestra Carta Magna; este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA FIRME EL DECRETO DE INTIMACIÓN dictado en ésta causa el 13-10-2009, en contra la ASOCIACION COOPERATIVA EDIFICACIONES CONSTRUCCIONES Y MANTENIMIENTO MATURIN R.L. (identificada up supra), en consecuencia, se le condena a pagar al demandante las cantidades de: 1°) La cantidad de CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO BOLIVARES CON SETENTA Y DOS CENTIMOS (Bs.154.278,72) que es el total de la suma reclamada, más las costas procesales calculadas por este .....