Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: el ABANDONO del trámite, en la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por el ciudadano WILMER JOSE COVA BELLAVILLE, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad nro.11.905.540, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.71.016, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil ADNAN ALTA RELOJERIA, C.A., contra el JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MATURIN, AGUASAY, SANTA BARBARA Y EAEQUIEL ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. En consecuencia se declara la extinción de la instancia. Por la naturaleza de lo decidido, no se produce condenatoria de costas.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, NOTIFIQUESE y DEJESE COPIA.
Dada,.....