En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADA en derecho la TRANSACCIÓN celebrada entre JOSÈ ARMANDO SOSA, inpreabogado Nro. 48.464, actuando como coapoderado judicial de BANCO DE VENEZUELA, S.A. BANCO UNIVERSAL y ciudadano RICARDO ABRAHAM SOUKI SALA HEDDINE, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.814.112, asistido por el abogado PABLO EMILIO GRUBER ASCANIO, representando a la parte intimada empresa PETROEQUIPOS DE VENEZUELA, S.A., todos identificados en el encabezamiento de esta sentencia, en todas y cada uno de los términos por éstos convenidos; en razón a que existen en los firmantes facultades inequívocas que satisfacen los extremos legalmente exigidos para tales efectos.
No hay imposición al pago de las costas, de conformidad con l.....