En atención a los artículos anteriormente transcritos, procede este Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, Administrando Justicia, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a Declarar:
PRIMERO: SU INCOMPETENCIA EN RAZON DE LA MATERIA, por cuanto se demanda al Instituto Nacional de Tierras (I.N.T.I), ente que pertenece al Estado Venezolano.
SEGUNDO: DECLINA LA COMPETENCIA AL JUZGADO SUPERIOR QUINTO AGRARIO, CIVIL Y BIENES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, en virtud que el conocimiento del presente RECURSO DE NULIDAD CONTRA ACTO ADMINISTRATIVO DE EFECTOS PARTICULARES POR RAZONES DE INCONSTITUCIONALIDAD E ILEGALIDAD le corresponde al Juzgado ya identificado, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 156 y 157 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. En consecuencia, remítase el presente expediente al Juzgado Superior Quinto Agrario, Civil y Bienes de.....