Por cuanto el Tribunal observa que en el presente procedimiento de OBLIGACION ALIMENTARIA intentada por la ciudadana EULIMAR MACANO YENDES, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad No. 11.339.018, en su carácter de progenitora del niño JESUS DAVID JIMENEZ MARCANO, de seis (6) años de edad, contra el ciudadano CARLOS JOSE JIMENEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad No. 11.008.435, este Tribunal observa que no se han cumplido con las obligaciones que le impone la Ley de conformidad con lo establecido en el artículo 268 del Código de Procedimiento Civil, y revisada como han sido las actas procesales se evidencia que la última actuación es de fecha 19 DE JUNIO DEL 2.003, consistente en la notificación que le hizo el Tribunal a la demandante para que tuviera conocimiento de sentencia interlocutoria, y encontrándose la presente causa paralizada por el transcurso de DOS AÑOS Y ONCE MESES, sin que las par.....