Dispositiva
Por los razonamientos antes expuestos y de conformidad con lo establecido en el articulo 185 del Código Civil Venezolano, este Juzgado Tercero de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la conversión en DIVORCIO, solicitada por los ciudadanos ALBENIS JESUS ECHEZURIA MARTINEZ y YURI CAROLINA NORIEGA RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad números V-13.253.085 y V-16.723.348, respectivamente, debidamente asistidos por el Abogado en Ejercicio MARCOS DAVID RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-15.902.061, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 121.636, en consecuencia de ello queda: DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNÍA