Por todos y cada uno de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado de los Municipios Bolívar y Punceres de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le Confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO 185-A efectuada por los ciudadanos ODALIX JOSE RODRIGUEZ Y JENNY DEL VALLE PASTRANO CORTEZ, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cedulas de identidad Nros V-12.429.488 y 15.044.370, domiciliados en Caripito, Municipio Bolívar del Estado Monagas. EN CONSECUENCIA: SE DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNE, por virtud del Matrimonio Civil contraído por ante el Registro Civil del Municipio Bolívar del Estado Monagas, en fecha 06 de Agosto de 2003, según consta de la copia certificada del Acta de Matrimonio N° 39, consignada en autos, marcada "A".
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada.
Dada, firma.....