Por todos los razonamientos y consideraciones anteriormente expuestos, este Juzgado de los Municipios Sotillo, Libertador y Uracoa de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República de Venezuela, y por autoridad de la ley DECLARA: Parcialmente Con Lugar la demanda por Obligación de Manutención, interpuesta por la ciudadana: CARMEN DAMELYS FERMAN VELÁSQUEZ, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nº 8.964.417 domiciliada en el sector Mata de Venado, Municipio Libertador, Estado Monagas, asistida por la abogado en ejercicio ANUSKA FERNANDEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 83.165 y con domicilio procesal en el sector La Plaza, Avenida Guzmán Blanco, Temblador, Estado Monagas, en contra del ciudadano HERNÁN JOSÉ HERRERA, padre de sus hijos JOSÉ ANGEL, YLIANA DEL CARMEN y ROXANNA MARIA HERRERA FERMAN por OBLIGACION DE MANUTENCION DE ALIMENTOS, y en consecuencia de.....