En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadano EDUARDO JOSE RINCON LINARES en contra de la empresa SANITAS VENEZUELA S.A.
SEGUNDO: Se condena a la demandada SANITAS VENEZUELA S.A. pagar a la demandante EDUARDO JOSE RINCON LINARES la cantidad de Bolívares de dos mil cuarenta y cuatro con 06/100 (2.044,06) por los conceptos y cantidades discriminados en la parte motiva del presente fallo. En cuanto a la corrección monetaria y los intereses de mora, este Juzgado dará cumplimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 185 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Se condena en costas a la parte demandada.
Se advierte a las partes que el lapso para interponer los recursos pertinentes, .....