En virtud de la admisión de los hechos por parte de la demanda a la empresa ALTERNATIVA DE PROTECCION Y SERVICIOS, C.A, encontrándose que la demanda no es contraria a derecho, de conformidad con lo establecido en el articulo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por todo lo antes expuesto, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CON LUGAR LA ACCION INTENTADA por el ciudadano DARWIN SANCHEZ, en consecuencia se condena a pagar a la demandada ALTERNATIVA DE PROTECCION Y SERVICIOS, C.A,, la cantidad de DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y UN BOLIVARES CON 42 CENTIMOS. (Bs. 237.791,42).
Se advierte a las partes que el lapso para interponer los recursos pertinentes, comienza a transcurrir a partir del quinto día una vez publicada la sentencia, es decir al .....