este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de esta Circunscripción Judicial, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: LA INADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA interpuesta por la ciudadana RAMONA MARISOL BOLIVAR JIMENEZ, ya identificada, contra la entidad de trabajo CORPORACIOM FLB, C.A.-