Por fallas elétricas suscitadas en dos oportunidades el día 12-01-2015, lo que impidió realizar el trabajo en los equipos, por ello se deja constancia que hoy se registra y se publica SENTENCIA DEFINITIVA, mediante la cual se declara: PRIMERO: Parcialmente Con Lugar, el Recurso de apelación intentado por la parte actora recurrente. SEGUNDO: Sin lugar el recurso de apelación propuesto por la entidad de trabajo recurrente TERCERO: SE MODIFICA, la sentencia recurrida publicada en fecha 06 de octubre de 2014, la demandada debe pagar la cantidad total treinta y tres mil setecientos noventa y cinco bolívares con cincuenta y nueve Céntimos. (Bs. 33.795.59), distribuida en los términos expuesto en la parte motiva.