1. Con lugar el Recurso de Apelación, ejercido por la parte demandante, por consiguiente
2. Se revoca la decisión de fecha 08 de marzo de 2006, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas y se repone la causa al estado de que el Juez de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta misma Circunscripción Judicial se pronuncié sobre la admisión de la demanda incoada por el ciudadano TOMAS INOCENCIO LARA CUPIDO contra la Sociedad Mercantil Sociedades Mercantiles GEOSERVICES, S.A. y PDVSA PETROLEO, S.A. por concepto de Cobro de Prestaciones Sociales.
3. Se ordena la redistribución de la causa, entre los Juzgados de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de ésta Circunscripción Judicial.