DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal SEGUNDO de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas Sección Adolescentes, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley emite los siguientes pronunciamientos: No es legítima la aprehensión del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, se ordena su egreso desde la sala de este Tribunal. A los fines de resguardar el interés superior de esta adolescente se acuerda poner en conocimiento a los Tribunales de Protección y al Consejo de Protección del Estado Monagas a los fines de que tomen las medidas de protección correspondiente, Se acuerdan las Copias solicitadas por la defensa y se ordena Remitir las actuaciones a la Fiscalía del Ministerio Público. Líbrese lo conducente. Cúmplase.-
La Juez,
ABG. DILIA ROSA MENDOZA BELLO.
La Secretaria
ABG. RAIZA MEJIAS