Se ACUERDA ACUMULAR las causas seguidas al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión del los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO TIPO MOTO EN GRADO DE COAUTORIA, previsto y sancionado en el articulo 5 Y 6 de la ley sobre del Hurto y Robo de Vehiculo Automotor, en concordancia con el articulo 83 del Código Penal Vigente, en perjuicio del ciudadano SAMUEL LECUNA y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO de conformidad con los artículos 73, 74 y 76 del Código Orgánico Procesal Penal Por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente