Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas de la Sección para la Responsabilidad Penal del Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se Legitima la Aprehensión en Flagrancia del ciudadano ABOU IDENTIDAD OMITIDA ART 545 LOPNNAy se ordena se siga el proceso por las reglas de procedimiento ordinario, de conformidad con los artículos 248, 373 Ley Orgánica Procesal Penal y 557 de la ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y del adolescente. SEGUNDA: Se Decreta Medida CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA ART 545 LOPNNAde conformidad con lo establecido en el articulo 582 literal "C" de la Ley orgánica para la protección del Niño niña y del Adolescente, por la presunta comisión del tipo Penal POSESION ILICITA DE SU.....