En atención a lo expuesto, éste Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: DESISTIDO EL RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO de nulidad conforme al artículo 81 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, interpuesto por el abogado OSCAR EMILIO ARAGUAYAN, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 30.002, actuando en su condición de apoderado judicial de la empresa LÁCTEOS BENJUGOS, C.A, contra de la providencia Administrativa Nº 315, de fecha treinta y uno (31) de marzo de 2003, emanada de la Inspectoría del Trabajo del Estado Monagas, contenida en el expediente administrativo Nº 789-02, mediante el cual declara con lugar el reenganche y pago de los salarios caídos, incoado por el ciudadano JUAN BARRETO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de Identidad Nº V-8.470.661......