declara: PRIMERO: INADMISIBLE EL AMPARO CAUTELAR SOLICITADO. SEGUNDO: PROCEDENTE La suspensión del Acto Administrativo N° 00114-2012, solicitado en el recurso de nulidad interpuesto por las abogadas TEOLINDA RODRIGUEZ Y JUANA CARVAJAL, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nro. 52.498 y 101.609 actuando en su carácter de apoderadas judiciales de SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES EFIGENIA, C.A., contra el acto administrativo, emanado de la Inspectoría del Trabajo del Estado Monagas, en fecha 10 de agosto de 2012, contenida en el expediente administrativo N° 044-2012-01-00355, mediante la cual declara Con Lugar la solicitud de reenganche y pago de Salarios Caídos, incoada por el ciudadano NICOLAS ANTONIO ORTIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.381.319., mientras dure la tramitación del presente juicio. Así se decide. TERCERO: ORDENA notificar de la presente decisión a la Inspectoría del Trabajo del estado Monagas y a la Procuraduría General de la Republica,.....