DISPOSITIVA
En mérito de lo expuesto anteriormente, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio y del Régimen de Transición de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, con base a lo establecido en los artículos 9.3 de la Convención de los Derechos del Niño, y 8, 27, 385, 386 y 387 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescente, declara CON LUGAR la solicitud de REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, intentada por el ciudadano YONIS APOLONIO DELCINE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 17.695.777, domiciliado en Guiria, Estado Sucre, contra la ciudadana MONICA MARVELIS COVA LEZAMA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 20.598.410, de este domicilio, a favor de su hijo.