En mérito de los hechos y del Derecho alegado por las partes, así como las pruebas promovidas, e incorporadas al Proceso, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio y del Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, y con fundamento a lo establecido en los artículos 56 y 78 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 7 y 8 de la Convención de los Derechos del Niño, y 10, 17, 25, 26 y 27 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y del Adolescente, Declara: CON LUGAR la demanda de IMPUGNACIÓN DE RECONOCIMIENTO intentada por el ciudadano OSCAR JOSE LLOVERA MACUARE, contra la ciudadana se suprime el nombre conforme a decisión de fecha 12-12-12