expuestas éste Juzgado Primero en Funciones de Control, Audiencias y Medidas en Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal, por cumplimiento del régimen de prueba por suspensión condicional del proceso, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación a lo dispuesto en el artículo 48 numeral 7 ejusdem, en la causa seguida al ciudadano RAFALE RAMOS REVEROL SIBADA, venezolano, nacido en fecha 30 de marzo 1964, Natural de Cabimas, Estado Zulia, hijo de Matilde Sibala (F) y Félix Reverol (V) de 47 años de edad, esto civil Divorciada, de profesión obrero , titular de la cédula de Identidad Nº.- V 7.844.678, domiciliado en el secto.....