Recibido el 17-05-2016 y admitida en fecha 23-05-2016,bajo el Nº 0195-16, el escrito de solicitud de Divorcio fundamentado en el articulo 185-A del Código Civil vigente, presentada por los ciudadanos EDGAR JOSE MALAVE VELASQUEZ y BEXAIDA PEREZ DE MALAVE, debidamente asistidos por la abogada en ejercicio MILVIDA VILLARROEL, cedula de identidad Nº V.4.715.174, e inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 102.317 y cumplidos todos los requisitos para la declaración del divorcio en cuestión, emitida la opinión favorable por parte de la Fiscalia respectiva. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 del Código de Procedimiento Civil y en atención a lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil en fecha 19-07-2016, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Ezequiel Zamora y Cedeño de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara C.....