DISPOSITIVA
Por las razones antes señaladas, este Juzgado Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sotillo y Uracoa de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, con base en los Artículos 185-A del Código Civil y 12 del Código de Procedimiento Civil; declara CON LUGAR la acción de Divorcio intentada por los ciudadanos: GENRRY CARBALLO SILVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.892.029, domiciliado en la calle Eulalia Buroz, casa S/n, sector La Puente, municipio Sotillo y KENNIA DEL VALLE COELLO HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.263.588 y domiciliada en el sector Simón Bolívar, casa S/n, municipio Sotillo, estado Monagas, respectivamente; por consiguiente disuelto el vinculo matrimonial que los unía.- DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, no existen bienes que liquidar.---
PUBLIQUESE, REGIST.....