´´´Por todas y cada una de las razones que anteceden, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Aguasay y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 12, 263 y 265, del Código de Procedimiento Civil, imparte la HOMOLOGACIÓN a dicho desistimiento presentado por la ciudadana NUGLIS KARINA URBANEJA CEDEÑO, venezolana, mayores de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.338.568, a través de su Apoderada Judicial, ciudadana MEIBIS CAROLINA RODRIGUEZ MARCANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.656.820, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 131.953, de este domicilio (según Poder Apud Acta inserto en los folios 12 y 13), en la presente causa por motivo de DIVORCIO 185-A, en contra del ciudadano YOVEN JOSE RONDON .....