IV
DISPOSITIVA
Por los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción judicial del estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de nulidad de Titulo Supletorio. SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandante por haber resultado totalmente vencida en esta instancia.
Publíquese, regístrese, déjese copia y notifíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en Maturín a los Diecisiete (17) días del mes de Junio del año Dos Mil Trece (2013). Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación.
El Juez,
Abg. Gustavo Posada La Secretaria,
Abg. Milagro Palma
En esta misma fecha siendo las 11:30 a.m., se d.....