DISPOSITIVA
En Virtud de todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Juicio del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EN REBELDIA AL ADOLESCENTE XXX XX, de 16 años de edad, por haber nacido en 22/11/1991, natural de Maturín Estado Monagas, titular de la cédula de identidad número XX, hijo de Osdinia Ortiz (v) y José Gregorio D´Arthenay (v), con domicilio en: Invasión San Judas Tadeo, Frente Sigo, Calle N° 5, Casa S/N, Maturín Estado Monagas de conformidad con lo establecido en el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, debiendo dicho adolescente ser ingresado en la Entidad Socio Educativa General José Francisco Bermúdez del Estado Monagas, a la orden de este Tribunal. Se Ordena librar las correspondientes Ordenes de Captura.- No.....