En virtud de las razones fácticas y de derecho anteriormente expuestas, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MATURIN, SANTA BARBARA Y AGUASAY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud de Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos, incoada por los ciudadanos LUIS DANIEL VILLARROEL ALMEIDA y NIEVES MARIA GUZMAN MALPICA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. 17.546.969 y 19.091.344, asistidos por los abogados CELIO BECERRA y HARLYS SOSA, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 202.575 y 123.865, respectivamente: En consecuencia, se declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNE, el cual contrajeron por ante el Registro Civil del Municipio Maturín del estado Monagas, en fecha día 07 de noviembre de 2014, tal c.....