En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADA en derecho la TRANSACCIÓN celebrada entre LUZMAN ALBERTO DEVIA RUIZ, titular de la cèdula de identidad Nro. 10.352.719, en su condición de representante de la empresa demandante Sociedad Mercantil CONSTRUCCIONES E INVERSIONES ALSUMA, C.A., asistido por los abogados ALFREDO A. SÀNCHEZ UZCATEGUI, JOSÈ ÀNGEL MILLÀN, antes identificados, y la mandada Sociedad Mercantil DEMECI, domiciliada en Maturìn del Estado Monagas, inscrita ante el Registro Mercantil único de la Circunscripciòn Judicial del Estado Monagas, el 06 de Agosto de 2002, bajo el Nro. 22, Tomo A-3, RIF. Nro. J-309497898, representada por su apoderado judicial JESÙS FARIAS TINEO, inpreabogado Nro. 16.083; en razón a que existen en los firmantes facu.....