CUARTA
Dispositiva
Por los razonamientos antes expuestos y de conformidad con lo establecido en el articulo 185 del Código Civil Venezolano, este Juzgado Tercero de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la conversión en DIVORCIO, solicitada por los ciudadanos MARÍA JOSÉ FARIÑAS BETANCOURT y JAIRO IBRAHIM ROCA MAZA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números V-16.711.726 y V-17.721.660, debidamente asistidos por los Abogados en Ejercicio ALCADIO PIÑERUA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 16.276 y la Abogada YOLETZY CAROLINA HERNÁNDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 184.155, respectivamente, en consecuencia de ello queda: DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNÍA, según se evidencia en Acta de Matrimonio Civil, celebra.....