RESUMEN
Fue recibida en fecha 21-02-2024, y admitida el 22-02-2024, en este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Ezequiel Zamora y Cedeño, de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, con sede en Punta de Mata, el escrito de la solicitud de divorcio fundamentada en (DIVORCIO DE FORMA UNILATERAL POR DESAFECTO) Basado el Artículo 185 del Código Civil Venezolano, en concordancia con la Sentencia Nº 1070 del 09 de Diciembre del 2016, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, presentada por el ciudadano: JEAN CARLOS FEBRES RONDON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.916.728, domiciliado en la Calle Leocadio Rivero, Casa N° 30, Sector, de la Localidad de Punta de Mata, Municipio Ezequiel Zamora del Estado Monagas, asistido por el ciudadano: LUIS RAMOS SANCHEZ, abogado en ejercicio, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.945.713, inscrito en el INPREABOGADO,.....